Día del Empleado de Comercio: cómo será la jornada en Salta y cuánto deben cobrar quienes trabajen

Este lunes 28 de septiembre, los empleados de comercio de Salta tienen su jornada de descanso en el marco de la celebración por el Día del Empleado de Comercio. El asueto, que originalmente se conmemora el 26 de septiembre, fue trasladado a este lunes tras un acuerdo nacional entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias.

La medida abarca a todos los trabajadores comprendidos dentro del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 y sus convenios complementarios, tales como empleados de supermercados, shoppings, comercios mayoristas, minoristas y personal administrativo del sector mercantil. En el ámbito local, la Subsecretaría de Trabajo confirmó el traslado y recordó que los empleadores deben cumplir con las normativas vigentes.

¿Qué sucede con quienes trabajan?

La normativa establece que esta jornada rige con los mismos efectos que un feriado nacional para los trabajadores alcanzados:

  • Si el empleado no asiste a trabajar: Mantiene su remuneración habitual de manera íntegra, sin sufrir ningún tipo de descuento ni perder el presentismo.
  • Si el empleado trabaja: Quienes presten servicios este lunes deberán percibir la jornada con un recargo del 100%. En el caso de los trabajadores mensualizados, este adicional se calcula dividiendo el sueldo mensual por 25 y sumando dicho monto al pago habitual. Desde el sector gremial recordaron que este pago adicional no puede ser reemplazado por un franco compensatorio.